Los enganches colectivos de trabajadores en el país para la prestación de servicios en el Exterior serán regulados e intervenidos por el Gobierno, y deberán ser caucionados para garantizar el cumplimiento del contrato por el patrono y la oportuna repatriación de los trabajadores que lo solicitaren. Análogas prescripciones regirán el enganche colectivo de trabajadores para prestar sus servicios dentro del país pero a una distancia mayor de doscientos kilómetros de su residencia.
Ley 6 de 1945 →Vigente
Artículo 6
Ley 6 de 1945 · LEY 6 DE 1945, 19/02/1945, Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre convenciones de trabajo, asociaciones profesionales, conflictos colectivos y jurisdicción especial del trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.