Esquema de cooperación público-privada. Los proveedores podrán postular los siguientes esquemas de cooperación público-privada al Gerente de Proyecto
La certificación o acreditación de la empresa o producto nacional de acuerdo con los requisitos establecidos en estándares internacionales que sean de difícil cumplimiento.
La expedición de licencias de producción o de servicio por medio de las cuales se le otorgue el derecho a la empresa participante a producir o proporcionar un servicio especializado. Así por ejemplo se podrían otorgar las licencias de uso de patente, derechos de autor en software y otras autorizaciones de uso de conocimiento específico asociado a los productos adquiridos o encargados a ser construidos.
Oportunidad de generación de nuevos negocios tales como Joint-Venture, coproducción, subcontratación, comercio de bienes o servicios, los cuales busquen una duración y permanencia en el territorio nacional.
Desarrollo de proveeduría local, destinado a la autosuficiencia en las cadenas productivas.
Desarrollo de proyectos de licenciamiento y comercialización de nuevos desarrollos.
Alianzas para el desarrollo conjunto de proyectos de gestión y transferencia de capacidades.
Aquellos definidos por el Comité Asesor. En todo caso, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el comité asesor podrán indicar al Gerente de Proyecto la limitación de los esquemas de cooperación públicoprivada a utilizar en un proyecto específico.