Artículo duodécimo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,
Decreto 1348 de 1959 →Vigente
Artículo 12
Decreto 1348 de 1959 · Por el cual se reglamenta el artículo 39, numeral d), de la ley 1ª de 1959, en armonía con los artículos 40, 67 y 68 de la misma ley
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.