Micelio

Artículo 5

Concédese La Licencia De Treinta Días Renunciables, Que Solicita El Señor Antonio Nariño, Para Separarse Del Puesto De Administrador De Correos De Villeta (Cundinamarca), Nómbrase En Su Reemplazo, Durante La Licencia Y Bajo Su Responsabilidad, A La Señora Inés Duque De Nariño

Decreto 746 de 1921 · Por el cual se separa el servicio de correos del de Telégrafos en algunas poblaciones, se declara insubsistente un nombramiento, se prorroga una licencia y se conceden otras, se aceptan unas renuncias, se aprueba un Decreto y se hacen unos nombramientos en el ramo de Correos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Concédese la licencia de treinta días renunciables, que solicita el señor Antonio Nariño, para separarse del puesto de Administrador de Correos de Villeta (Cundinamarca), nómbrase en su reemplazo, durante la licencia y bajo su responsabilidad, a la señora Inés Duque de Nariño.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 746 de 1921