Señálase un gravamen ad valorem de 1% hasta el 31 de diciembre de 1983 a las siguientes posiciones del Arancel de Aduanas: POSICION POSICION 48.15.01.00 90.23.01.00 48.15.03.00 90.23.89.00 70.03.02.11 90.25.01.00 90.01.03.00 90.25.90.00 90.13.02.00 90.28.01.01 90.15.01.00 90.28.02.35 90.15.90.00 90.28.02.41 90.16.02.01 90.28.02.55 90.16.02.11 90.28.02.75 90.22.01.00 90.28.03.00 90.22.90.00
Decreto 1825 de 1983 →Vigente
Artículo 1
Señálase Un Gravamen Ad Valorem De 1% Hasta El 31 De Diciembre De 1983 A Las Siguientes Posiciones Del Arancel De Aduanas: Posicion Posicion 48
Decreto 1825 de 1983 · Por el cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.