En el caso de que la enseñanza de la religión y la moral, á pesar de las órdenes y prevenciones del Gobierno, no sea conforme a la doctrina católica, el respectivo ordínario diocesano podrá retirar á los Profesores ó Maestros la facultad de enseñar tales materías.
Decreto 816 de 1888 →Vigente
Artículo 14
En El Caso De Que La Enseñanza De La Religión Y La Moral, Á Pesar De Las Órdenes Y Prevenciones Del Gobierno, No Sea Conforme A La Doctrina Católica, El Respectivo Ordínario Diocesano Podrá Retirar Á Los Profesores Ó Maestros La Facultad De Enseñar Tales Materías
Decreto 816 de 1888 · Por el cual se promulga como ley el Convenio con Santa Sede
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.