°. Definiciones. Para efectos del presente decreto se aplicarán las siguientes definiciones
Acuerdo: Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, aprobado mediante Ley 1143 de 2007 y el Protocolo Modificatorio al Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, aprobado mediante Ley 1166 de 2007.
Certificado de Asignación de Cuota: Certificado expedido por la Export Trading Company al adjudicatario bajo un sistema de subasta abierta y pública, mediante el cual se asigna una cuota del Contingente, cuyo formato agotó el trámite de notificación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- por la Export Trading Company en los términos del presente decreto.
Certificado de Revisión de Comercio de Exportación: Certificado expedido por el Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América, de conformidad con el Export Trading Company Act of 1982, 15 U.S.C. §§4011-4021 (2000), que habilita a la Export Trading Company para asignar cuotas de los Contingentes.
Contingente: Volumen de importación anual libre de arancel de cuartos traseros de pollo establecido en el
número 6°, y volumen de importación anual libre de arancel de arroz establecido en el
número 20, de las Notas del Apéndice 1 de Colombia del Anexo 2.3 del acuerdo. 5. Export Trading Company: Se entenderá como la compañía que ha obtenido el Certificado de Revisión de Comercio de Exportación para la administración del contingente de cuartos traseros de pollo o la que lo ha obtenido para la administración del contingente de arroz, según corresponda. 6. Sectores Gremiales Representativos en Colombia. Para efectos de la participación en una Export Trading Company, se entenderán como la entidad o entidades gremiales que representen a nivel nacional a las personas naturales o jurídicas dedicadas completamente a la producción o procesamiento en Colombia del producto sujeto al Contingente de conformidad con la ley, la reglamentación y la práctica en Colombia.