Micelio

Artículo 25

Los Catedráticos Tienen El Deber De Informar Al Rector Ó Al Vicerrector De Las Faltas Contra 1a Moral Y El Decoro Social Que Observen En Sus Alumnos Dentro Fuera Del Establecimiento, Y De Tenerlas En Cuenta En Las Calificaciones Mensuales

Decreto 804 de 1911 · Sobre Estatutos de la Escuela Nacional de Minas de Medellín

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Catedráticos tienen el deber de informar al Rector ó al Vicerrector de las faltas contra 1a moral y el decoro social que observen en sus alumnos dentro fuera del establecimiento, y de tenerlas en cuenta en las calificaciones mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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