Art 4°. Para la exportacion de los productos de la Goajira se obsérva lo dispuesto en los artículo. 207 i 208 del Código Fiscal, entendiéndose respecto de Riohacha i la costa Goajira, lo que allí dice respecto de Cartajena i Zispata
Ley 79 de 1880 →Vigente
Artículo 4
Ley 79 de 1880 · Sobre nacionalización de buques i comercio con la Goajira
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.