Micelio

Artículo 3

Integración

Decreto 567 de 2014 · por el cual se estructura la Red Nacional de Formalización Laboral y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración. La Red Nacional de Formalización Laboral estará integrada por los operadores del Servicio Público de Empleo, las Confederaciones Sindicales, los gremios y por las entidades públicas y privadas que voluntariamente se vinculen a ella. Las agencias de gestión y colocación de empleo del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), de las Cajas de Compensación Familiar, de las entidades públicas y de las alianzas público-privadas que se constituyan, ejecutarán acciones de promoción, intervención y acompañamiento para la formalización laboral, atendiendo las instrucciones y/o reglamentaciones del Ministerio del Trabajo. Los canales de atención del Ministerio del Trabajo y de las entidades del sector del trabajo se integrarán a la Red Nacional de Formalización Laboral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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