Certificación de la Investigación Propia . Las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas en el ejercicio de su autonomía educativa y las estructuras del SEIP, certificarán los procesos y productos de la investigación propia. Los aportes investigativos individuales y/o colectivos, la producción de saberes y conocimientos en el SEIP, podrán ser difundidos y publicados
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 46
Certificación De La Investigación Propia
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.