Artículo catorce. Durante el término de diez (10) días contados a partir de la protocolización de las Resoluciones de que trata el artículo 12, el Superintendente deberá determinar el orden de pago de las reclamaciones aceptadas de por él. Al señalar la prelación de crédito de los bienes que integran la masa, el Superintendente Bancario se ceñirá al orden que para estos efectos; establece el Código civil.
Decreto 2217 de 1982 →Vigente
Artículo 14
, El Superintendente Deberá Determinar El Orden De Pago De Las Reclamaciones Aceptadas De Por Él
Decreto 2217 de 1982 · Por medio del cual se adoptan medidas para proteger el ahorro privado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.