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Artículo 12

Viceministerio De Promoción De La Justicia

Decreto 2897 de 2011 · por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica, las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho y se integra el Sector Administrativo de Justicia y del Derecho.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Viceministerio de Promoción de la Justicia. Son funciones del Viceministro de Promoción de la Justicia, además de las establecidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en la formulación de políticas y trazar directrices, conjuntamente con el Ministro, que orienten el sistema jurídico y su ordenamiento, así como la prestación de los servicios de justicia formal y alternativa, a través de la Rama Judicial, las autoridades administrativas y los particulares.

2.

Promover la creación de espacios para acciones en materia de justicia y del derecho, que involucren a la comunidad en la resolución de los conflictos mediante la utilización de los mecanismos formales y alternativos de justicia.

3.

Asistir al Ministro en el ejercicio de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, en los temas de diseño de políticas, iniciativa legislativa, investigación y análisis de las materias relacionadas con la justicia, propias de su competencia.

4.

Coordinar el ejercicio de la función jurisdiccional del Ministerio de Justicia y del Derecho en los términos del inciso tercero del artículo 116 de la Constitución Política y en las materias precisas determinadas en la ley, la función jurisdiccional del Ministerio de Justicia y del Derecho.

5.

Apoyar y asistir al Ministro en el diseño, análisis, impulso y seguimiento a proyectos de ley y actos legislativos ante el Congreso de la República principalmente en las materias relacionadas con los objetivos, misión, y funciones del Ministerio y del Sector Justicia.

6.

Coordinar y hacer el seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio, adscritas a su Despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y proyectos del Ministerio.

7.

Dirigir y orientar la elaboración de los informes relativos al desarrollo de las políticas, planes y programas que deba presentar el Ministro a las instancias que lo soliciten.

8.

Asistir al Ministro en el ejercicio del direccionamiento estratégico, evaluación y control de la gestión sectorial.

9.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

10.

Participar en la orientación, coordinación y en el ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Justicia y del Derecho, conforme a la normatividad sobre la materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro.

11.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

12.

Coordinar las relaciones del Ministerio con las demás entidades públicas, para la adecuada ejecución de los planes sectoriales.

13.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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