Micelio

Artículo 3

Ley 37 de 1945 · Por la cual se provee al cumplimiento de un Acuerdo Internacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase asimismo al Gobierno para ajustar con la Administración de Socorro y Rehabilitación de las Naciones Unidas, los acuerdos que sean necesarios para el establecimiento en Colombia de una Comisión Mixta de Abastecimientos que tendrá a su cargo la inversión y control del aporte colombiano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1945