Micelio

Artículo 1

Ley 58 de 1927 · por la cual se concede un auxilio a la ciudad de Salamina, en el primer centenario de su fundación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxiliase con la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50,000) a la ciudad de Salamina, en el Departamento de Caldas, con destino a la construcción de un Palacio Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1927