Micelio

Artículo 11

Ley 70 de 1966 · Por la cual se crea y organiza el Departamento de Risaralda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos de la organización del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y de los demás funcionarios y entidades que deben actuar en el territorio de Risaralda, el nuevo Departamento empezará a funcionar dos meses después de la sanción de esta Ley, día en que se hará la inauguración oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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