° A partir del 1° de enero de 1983 la prima mensual de antigüedad que actualmente se reconoce a los empleados del Instituto Nacional de Radio y Televisión con más de cinco (5), diez (10) y quince (15) años de servicios se pagará sobre el sueldo básico mensual, así: Para más de 5 años y hasta 10 años de servicios, el 3.75% mensual Para más de 10 años y hasta 15 años de servicios, el 6.25% mensual Para más de 15 años de servicios, el 8.75% mensual
Decreto 318 de 1983 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 1983 La Prima Mensual De Antigüedad Que Actualmente Se Reconoce A Los Empleados Del Instituto Nacional De Radio Y Televisión Con Más De Cinco (5), Diez (10) Y Quince (15) Años De Servicios Se Pagará Sobre El Sueldo Básico Mensual, Así: Para Más De 5 Años Y Hasta 10 Años De Servicios, El 3
Decreto 318 de 1983 · Por el cual se incrementan algunos emolumentos para el personal del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión,
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.