Empresas habilitadas . Las empresas que obtuvieron habilitación en vigencia de los Decretos 091 y 1556 de 1998, la mantendrán de manera indefinida, debiendo solamente ajustar el capital pagado o patrimonio líquido conforme a lo dispuesto en el numeral 13, del artículo 13 de este decreto. En caso de que la habilitación obtenida sea de radio de acción urbano y zonas aledañas, su radio de acción se extenderá automáticamente al señalado en el artículo 21 de este decreto.
Decreto 174 de 2001 →Vigente
Artículo 71
Empresas Habilitadas
Decreto 174 de 2001 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.