Micelio

Artículo 1

El Distintivo Del Personal De Paracaidistas De La Fuerza Aérea Será El Siguiente: Un Circulo De Tela De Seis Centímetros De Diámetro, En Fondo Azul Celeste, Con Una Cenefa Bordada En Ceda Color Rojo Escarlata De 3 M

Decreto 1155 de 1943 · Por el cual se reglamenta el distintivo del Cuerpo de Paracaidistas de la Fuerza Aérea

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El distintivo del personal de Paracaidistas de la Fuerza Aérea será el siguiente: Un circulo de tela de seis centímetros de diámetro, en fondo Azul celeste, con una cenefa bordada en ceda color rojo escarlata de 3 m.m. de ancha; en el centro, bordado en seda blanca y negra, en para caídas desplegado, sosteniendo un escudo nacional en colores, cruzado por dos fusiles en color sepia, entre dos alas bordadas en color amarillo oro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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