A La Solicitud De Autorización De Funcionamiento De Una Firma De Contadores, Los Interesados Deberán Acompañar Los Siguientes Documentos: A) Copia De La Escritura De Constitución, Constancia Sobre Representación Legal Y Certificado Sobre Vigencia De Su Personería B) Relación De Socios Y Demás Contadores Al Servicio De La Firma Con La Indicación De Sus Nombres, Nacionalidad, Identificación, Número De Inscripción Ante La Junta Central De Contadores; C) Relación De Las Sociedades E Instituciones A Las Cuales La Firma De Contadores Les Este Prestando Los Servicios De Revisoría O Interventoría De Cuentas; D) Certificado Expedido Por La Secretaria De La Junta Sobre Vigencia De Las Matriculas De Los Contadores Públicos Relacionados En La Lista
Decreto 907 de 1983 · Por el cual se reglamentan los artículos 7, 12, 13, numeral 9°, 19 y 20 de la Ley 115 de 1960.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 9º A la solicitud de autorización de funcionamiento de una firma de contadores, los interesados deberán acompañar los siguientes documentos
a)
Copia de la escritura de constitución, constancia sobre representación legal y certificado sobre vigencia de su personería
b)
Relación de socios y demás contadores al servicio de la firma con la indicación de sus nombres, nacionalidad, identificación, número de inscripción ante la Junta Central de Contadores;
c)
Relación de las sociedades e instituciones a las cuales la firma de contadores les este prestando los servicios de revisoría o interventoría de cuentas;
d)
Certificado expedido por la Secretaria de la Junta sobre vigencia de las matriculas de los contadores públicos relacionados en la lista.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.