Terminación anticipada. Una investigación podrá darse por concluida en cualquier momento, entre otras razones, cuando el margen de dumping es de minimis o el volumen de las importaciones sea insignificante en los términos definidos en el literal h) del artículo 2.2.3.7.1.1. y numeral 2 del artículo 2.2.3.7.4.1 del presente decreto. En el evento de que la parte solicitante desista de su solicitud respecto a la aplicación de medidas provisionales o definitivas, antes de algún pronunciamiento de la Dirección de Comercio Exterior, se podrá dar por concluida inmediatamente la investigación. Cuando el desistimiento en mención se presente luego de que la Dirección de Comercio Exterior haya resuelto aplicar medidas provisionales, estas serán revocadas de oficio.
Decreto 1074 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.3.7.6.18
Terminación Anticipada
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.