° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA CAPITULO 26 Del artículo 253. Para atender a los gastos que demande el funcionamiento de las Comisiones de Reforma s Penales y Revisión del Código Judicial, creadas por medio de los Decretos números 720 y 721 de 1947, de conformidad con la Ley 68 de 1945, tales como pago de sueldos, honorarios y demás gastos inherentes a estos servicios, en el año $ 2.000.00 CAPITULO 26 Al artículo 250. Para atender al pago de deudas correspondientes a vigencias expiradas, como honorarios de los Conjueces, arrendamientos, sueldos de enfermedad, vacaciones, primas y otros gastos de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio de Justicia, excluidas las del ramo de Prisiones, que tienen apropiación especial $ 2.000.00
Decreto 2977 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Justicia Capitulo 26 Del Artículo 253
Decreto 2977 de 1949 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Justicia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.