Micelio

Artículo 1

Por El Tiempo Que Dure La Ausencia Del Presidente De La República, En Razón Del Viaje A Que Se Refieren Los Considerandos Del Presente Decreto, Deléganse En El Ministro De Justicia Y De Derecho, Doctor Andrés González Díaz, Las Funciones Constitucionales Correspondientes A Los Asuntos Previstos En Las Siguientes Disposiciones: 1

Decreto 1430 de 1994 · Por el cual se delegan unas funciones constitucionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y de Derecho, doctor Andrés González Díaz, las funciones constitucionales correspondientes a los asuntos previstos en las siguientes disposiciones

1.

Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2º; 304 y 314

2.

Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.

3.

Artículos 200 y 201.

4.

Artículos 212, 213, 214 y 215.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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