Art. 2° El Gobernador, Jefe Civil y Militar del expresado Departamento, dictar+á las medidas del caso para la inmediata ejecución de este Decreto. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1320 de 1901 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1320 de 1901 · Por el cual se establecen provisionalmente en la ciudad de Ibagué la capital de la Providencia del Norte del Tolima
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.