°. Reconocimiento y pago con cargo a recursos provenientes de servicio de la deuda. Una vez se cumplan los requisitos descritos en los artículos anteriores, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expedirá la resolución de reconocimiento como deuda pública de los saldos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas combustible por red causados hasta el tercer trimestre de 2022, pendientes de pago y ordenará su pago con cargo El acto administrativo de que trata este artículo será expedido, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo a satisfacción de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la solicitud y soportes documentales remitidos por el Ministerio de Minas y Energía a que se refiere el artículo 3° del presente Decreto. En todo caso, el giro de los recursos para el pago de los saldos por menores tarifas de energía eléctrica y gas combustible de que trata este decreto, se realizará previo cumplimiento de lo establecido en el
del presente artículo.
la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público pondrá, a disposición del Ministerio de Minas y Energía en el SIIF- Nación, el documento de recaudo por clasificar por el valor correspondiente a la solicitud de pago, quien deberá registrar y autorizar la orden de pago a cada beneficiario, a través de dicho sistema, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción por parte de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la copia de la resolución de la que trata este artículo.