Todo pago de los aportes para desarrollo regional por acción comunal, se acordarán en la forma indicada en la ejecución del Presupuesto y deberá hacerse por conducto de los Recaudadores de Impuestos Nacionales los respectivos municipios, quienes cancelarán directamente a las juntas favorecidas con el lleno de los siguientes requisitos
Fianza de manejo aprobada por la Contraloría General de la República a favor del Fondo de Desarrollo Comunal.
Presupuesto de inversión de cada aporte o auxilio y forma como se utilizará.
Copia de la personería jurídica de las respectivas juntas y lista de los directivas en ejercicio, debidamente legalizada el acta de su elección, junto con la cuenta de cobro.
En las ciudades en donde existan Administradores de Impuestos Nacionales, éstos cumplirán las funciones correspondientes.