Micelio

Artículo 7

A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Los Sueldos Del Jefe Del Departamento Administrativo Del Ministerio Del 'trabajo Y Del Chofer Del Mismo Ministerio, Serán Los De Cuatrocientos Cincuenta ($ 540

Decreto 724 de 1947 · Por el cual se hace una reorganización en el Ministerio de Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7° A partir de la vigencia de este Decreto, los sueldos del Jefe del Departamento Administrativo del Ministerio del 'Trabajo y del Chofer del mismo Ministerio, serán los de cuatrocientos cincuenta ($ 540.00) y ciento ochenta pesos ($ 180.00) respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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