Todo establecimiento destinado al expendio de bebidas fermentadas para el público, deberá reunir las condiciones higiénicas y requisitos de personal, muebles, utensilios y local que prescriba el Ministerio de Higiene para restaurantes, bares, cafés, etc., y prohíbese a sus propietarios
admitir en dichos establecimientos a menores de 20 años, así como a los adultos que conduzcan niños. Los establecimientos de bebidas fermentadas que funcionan actualmente llenarán estos requisitos dentro de los plazos que señale el Ministerio de Higiene.