Micelio

Artículo 72

De La Inhabilidad Durante La Licencia

Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 72. De la inhabilidad durante la licencia. Durante la licencia el funcionario no podrá ocupar otros cargos dentro de la administración pública, ni contratar con entidades oficiales la prestación de servicios profesionales, ni intervenir en actividades partidistas. El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo se considerará, como falta grave.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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