Igualmente se pondrá en comunicación el Ministro de Relaciones Exteriores con el Ministerio de Guerra cuando fuere el caso de nombrar los Agregados Militares de que trata el artículo 3º de la misma Ley 72; y por acuerdo entre los dos Despachos aludidos se harán los concursos respectivos.
Decreto 1148 de 1923 →Vigente
Artículo 31
Igualmente Se Pondrá En Comunicación El Ministro De Relaciones Exteriores Con El Ministerio De Guerra Cuando Fuere El Caso De Nombrar Los Agregados Militares De Que Trata El Artículo 3º De La Misma Ley 72; Y Por Acuerdo Entre Los Dos Despachos Aludidos Se Harán Los Concursos Respectivos
Decreto 1148 de 1923 · Por el cual se reglamentan las carreras diplomática y consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.