° Las Oficinas de Hacienda Nacional y los Bancos autorizados para el recaudo del impuesto sobre la Renta y Complementarios, expedirán un recibo único por dicho impuesto, y por las inversiones forzosas, el cual servirá al contribuyente, tanto como documentos probatorio del pago de su impuesto, como para retirar en las entidades objeto de las citadas inversiones los títulos correspondientes.
Artículo 2
Las Oficinas De Hacienda Nacional Y Los Bancos Autorizados Para El Recaudo Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios, Expedirán Un Recibo Único Por Dicho Impuesto, Y Por Las Inversiones Forzosas, El Cual Servirá Al Contribuyente, Tanto Como Documentos Probatorio Del Pago De Su Impuesto, Como Para Retirar En Las Entidades Objeto De Las Citadas Inversiones Los Títulos Correspondientes
Decreto 1419 de 1960 · Por el cual se regula el recaudo por concepto de las inversiones forzosas en acciones de Acerias Paz del Río, fondos Ganaderos y Banco Ganadero
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.