En la Dirección General de Aduanas y en las aduanas que tengan partida para todas, para ello en el Presupuesto, habrá laboratorio para el análisis de la mercancía. Estos laboratorios estarán a cargo de técnicos nombrados por el Director General, los cuales serán responsables del correcto análisis de toda mercancía sometida a su examen. Vigente desde: 19/06/1931 y hasta el: 25/10/1984
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.