Micelio

Artículo 54

Ley 29 de 1944 · LEY 29 DE 1944, 15/12/1944, Por la cual se dictan disposiciones sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el ofendido por los delitos de calumnia o injuria se limite a presentar su querella sin hacerse parte civil dentro del proceso penal, el Juez, al proferir la sentencia hará la condenación por perjuicios en abstracto, pudiendo el perjudicado demandar la fijación de la cuantía en juicio civil.

Si el perjudicado se constituye parte civil en el proceso penal, la condenación que haga el Juez por los daños y perjuicios civiles fijará la cuantía de ellos sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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