Micelio

Artículo 66

Sanción Por Liquidación Con Base En Información Errónea

Decreto 2041 de 1998 · Por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sanción por liquidación con base en información errónea . Cuando la liquidación presentada por el operador resulte inexacta e implique una disminución de la contraprestación, previo el procedimiento establecido en el artículo 58 del presente decreto, además de pagar la diferencia que configura la inexactitud, si ésta resultare a su cargo, deberá cancelar la sanción por inexactitud equivalente al ciento por ciento (100%) del valor de dicha diferencia, sin que pueda ser superior a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, más los intereses moratorios causados sobre la misma diferencia que se establezca a su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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