Validez de Exámenes aprobados. Quienes presentaren y aprobaren los exámenes de admisión al Curso de Estado Mayor en las condiciones establecidas en el artículo 35 de este Decreto y no pudieren ingresar por efecto de la relación cupo-antigüedad a por circunstancias del servicio debidamente comprobadas, podrán ingresar al siguiente Curso de Estado Mayor sin someterse de nuevo a pruebas de admisión. Este derecho queda condicionado a que el interesado, en el momento de su ingreso al curso, continúe llenando los demás requisitos estipulados para el efecto en el citado artículo.
Decreto 664 de 1985 →Vigente
Artículo 37
Decreto 664 de 1985 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 89 de 1984, reorgánico de la Carrera de oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.