Apruébase el Canje de Notas que hace parte del "Convenio Comercial entre la República Árabe de Egipto y la República de Colombia", firmado en Bogotá el 23 de julio de 1981, que a la letra dice:
DM000609.
Bogotá, D. E., junio 17 de 1982
Su Excelencia: Tengo el honor de referirme al "Convenio Comercial entre la República Árabe de Egipto y la República de Colombia", firmado en Bogotá el 23 de julio de 1981, con el objeto de proponer al Gobierno de Vuestra Excelencia que el artículo IV inciso tercero ordinal b) de dicho Convenio, sea enmendado como sigue:
"b) Las preferencias acordadas por la República de Colombia a los Países Miembros del Grupo Andino y de la Asociación Latinoamericana de Integración". Si la anterior propuesta es aceptable para la República Árabe de Egipto, tengo el honor de sugerir que esta Nota y la respuesta de Vuestra Excelencia en este sentido constituyan un acuerdo entre la República Árabe de Egipto y la República de Colombia el cual entrará en vigor en la fecha de su respuesta. Aprovecho la oportunidad para reiterar a su Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
Carlos Lemos Simmonds.
Ministro de Relaciones Exteriores.
A su Excelencia
DIA ELSOUSSY
Embajador de la República
Árabe de Egipto
La Ciudad.
No. 253
Bogotá, noviembre 5 de 1982
Su Excelencia:
Tengo el honor de referirme a la Nota número 00609 de fecha junio 17 de 1982 firmada por el Excelentísimo señor doctor Carlos Lemos Simmonds, Ex-Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, en la cual solicita sea enmendado el artículo IV inciso tercero ordinal B, del "Convenio Comercial entre la República Árabe de Egipto y la República de Colombia", el cual fue firmado el día 23 de julio de 1981, me complazco en informarle a su Excelencia que el Gobierno de la República Árabe de Egipto ha aceptado la propuesta colombiana. Hago propicia esta oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
(Fdo.) Samir Abdel Salam
Encargado de Negocios A.I.
A su Excelencia
RODRIGO LLOREDA CAICEDO
Ministro de Relaciones Exteriores De Colombia
Ciudad.
Rama Ejecutiva del Poder Público.
Presidencia de la República.
Bogotá, D. E., octubre de 1982.
Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.
(Fdo .) BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Relaciones Exteriores.
(Fdo .) Rodrigo Lloreda Caicedo
Es fiel copia del texto original del "Convenio Comercial entre la República Árabe de Egipto y la República de Colombia", firmado en Bogotá el 23 de julio de 1981, que reposa en los archivos de la División de Asuntos Jurídicos de la Cancillería.
Joaquín Barreto Ruiz.
Jefe de la División de Asuntos Jurídicos.