º . División de Cuentas Corrientes. Corresponde a la División de Cuentas Corrientes de la Subdirección Operativa de la Dirección General del Tesoro Nacional el ejercicio de las siguientes funciones, en concordancia con las normas legales vigentes y las políticas y procedimientos que para tal efecto se establezcan
Asesorar al Subdirector en la formulación de políticas, estrategias, programas, procedimientos y planes de acción relacionados con las funciones del área y, en especial, con las de la División.
Velar por el cumplimiento de las políticas y de los procedimientos establecidos; recomendar y aplicar las modificaciones que se consideren necesarias.
Identificar y someter a consideración de la Subdirección Operativa los bancos comerciales en los cuales la Dirección General del Tesoro Nacional podría autorizar la apertura de cuentas corrientes a las entidades ejecutoras del Presupuesto Nacional.
Evaluar los diferentes componentes de la calificación de los establecimientos financieros a través de los cuales los órganos ejecutores manejan los recursos del presupuesto; recomendar los ajustes metodológicos y realizar su implementación previa la aprobación de la Subdirección Operativa.
Confirmar con los establecimientos financieros la información básica de las cuentas en proceso de apertura y cancelación.
Realizar seguimiento a los resultados de la validación electrónica remitida por los establecimientos financieros, en relación con las nuevas cuentas autorizadas, registradas o administradas por la Dirección General del Tesoro Nacional y desarrollar las acciones que de ello se deriven.
Conformar, la base de datos de las cuentas exentas de impuestos e informarlas a los establecimientos financieros para su identificación.
Estudiar las solicitudes de sustitución de cuentas; formular las recomendaciones correspondientes a la Subdirección Operativa y adelantar las acciones a que haya lugar.
Evaluar las solicitudes presentadas por los órganos ejecutores relacionadas con el número de días de reciprocidad por la prestación de servicios bancarios, en los términos del artículo 16 del Decreto 359 de 1995.
Evaluar la metodología existente para los efectos del numeral anterior y recomendar a la Subdirección Operativa los ajustes correspondientes.
Velar que los establecimientos financieros en los cuales los órganos ejecutores tienen cuentas corrientes autorizadas por la Dirección General del Tesoro Nacional, cumplan con la remisión de la información establecida.
Generar la información relacionada con los indicadores de ejecución de los recursos situados a los órganos ejecutores; analizar los resultados y recomendar a la Subdirección Operativa las acciones a seguir.
Suministrar a las áreas competentes de la Dirección General del Tesoro Nacional y a las entidades ejecutoras los resultados de la evaluación de los indicadores de ejecución.
Reportar a los entes de control aquellos órganos que, de acuerdo con los parámetros establecidos por la Dirección General del Tesoro Nacional, presenten baja ejecución de los recursos del Presupuesto Nacional.
Elaborar y mantener actualizado el Manual de Procedimientos y Trámites para Apertura Terminación - Sustitución de cuentas; recomendar y presentar a consideración de la Subdirección Operativa los ajustes al mismo.
Ejercer el control interno sobre las actividades del área.
Recomendar las modificaciones que se consideren necesarias a leyes, decretos, resoluciones y demás actos administrativos de competencia de la Subdirección y velar por su implementación.
Coordinar la formulación del Plan Estratégico del área; definir el plan de acción, efectuar el seguimiento de su ejecución; evaluar los resultados y velar por su cumplimiento.
Dirigir, orientar y coordinar la configuración y mantenimiento actualizado de bases de datos que contengan la información requerida para el cumplimiento de las funciones del área.
Definir y recomendar los aspectos técnicos de los contratos y convenios cuyo objeto se relacione con las funciones propias del área y suministrar a la Subdirección de Planeación de la Dirección la información sobre tales aspectos, para los trámites a que haya lugar.
Suministrar a la División de Contabilidad de la Subdirección de Planeación de la Dirección la información y soportes documentarios para la contabilización de las operaciones realizadas por el área.
Definir las necesidades del área a ser contempladas en el anteproyecto anual de presupuesto de funcionamiento y en el programa anual de compras de la Dirección General del Tesoro Nacional.
Dirigir, orientar y coordinar la preparación y presentación de informes relacionados con las funciones a cargo del área que requieran las demás áreas de la Dirección y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y otros organismos del Estado.
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.