º . Aplicación . La elección de los miembros de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión a los que se refieren los literales c) y d) del artículo 1º de la Ley 335 de 1996, se realizará de conformidad con el procedimiento previsto en el presente decreto.
Decreto 277 de 2001 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 277 de 2001 · por el cual se reglamentan los literales c) y d) del artículo 1° de la Ley 335 de 1996.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.