Micelio

Artículo 9

º Los Recaudadores De La Cuota De Fomento Serán Fiscalmente Responsables No Sólo Por El Valor De Lo Percibido Sino También Por Las Cuotas Dejadas De Recaudar Y Por Las Liquidaciones Equivocadas O Defectuosas

Decreto 1999 de 1991 · por el cual se reglamenta la Ley 40 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los recaudadores de la Cuota de Fomento serán fiscalmente responsables no sólo por el valor de lo percibido sino también por las cuotas dejadas de recaudar y por las liquidaciones equivocadas o defectuosas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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