Micelio

Artículo 3

Ley 41 de 1892 · Por la cual se definen las incompatibilidades que comprenden a los miembros del Congreso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3. ° Los suplentes de los Senadores y Representantes no están sujetos a las incompatibilidades de los principales, excepto el caso en que llenen la falta absoluta del principal producida por las causales señaladas en el artículo 1.° y la falta temporal del principal producida por excusa para concurrir a toda una legislatura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 41 de 1892