Micelio

Artículo 2.4.1.10

Agentes Del Sistema Nacional De Bienestar Familiar

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar son aquellas entidades que ejecutan acciones relacionadas con la protección integral de niños, niñas y adolescentes definida en el artículo 7° de la Ley 1098 de 2006 y el fortalecimiento familiar. Atendiendo a las competencias legales de cada entidad, el Sistema Nacional de Bienestar Familiar estará conformado por los siguientes agentes:

En el ámbito nacional, por:

1.

Entidades fundamentales para la protección integral de niños, niñas y adolescentes:

La Presidencia de la República.

La Vicepresidencia de la República.

Ministerio del Interior.

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Ministerio de Justicia y del Derecho.

Ministerio de Defensa Nacional.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Ministerio de Salud y Protección Social.

Ministerio del Trabajo.

Ministerio de Minas y Energía.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Ministerio de Educación Nacional.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Ministerio de Transporte.

Ministerio de Cultura.

Departamento Administrativo para la Prosperidad, DPS.

El Departamento Administrativo del Deporte la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes)

La Policía Nacional.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)

La Agencia para la Superación de la Pobreza Extrema (ANSPE)

La Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

Consejo Superior de la Judicatura.

La Fiscalía General de la Nación.

La Registraduría Nacional del Estado Civil.

La Autoridad Nacional de Televisión.

2.

Entidades que por sus competencias aportan al funcionamiento y objetivos del Sistema Nacional de Bienestar Familiar:

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El Departamento Nacional de Planeación (DNP)

El Departamento Nacional de Estadística (DANE)

El Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Investigación.

La Unidad Administrativa para la Consolidación Territorial.

La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

La Escuela Superior de Administración Pública (ESAP)

2.

8. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

3.

Las organizaciones de la sociedad civil y de la cooperación internacional que desarrollen líneas de acción en infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar.

4.

Las demás entidades o instituciones, públicas o privadas, que contribuyan o estén llamadas a contribuir, de acuerdo con su objeto de constitución o a mandato de ley o reglamento, a garantizar, directa o indirectamente, la prestación del servicio público de bienestar familiar.

En el ámbito departamental, por:

1.

Los Departamentos.

2.

Las Direcciones Regionales del ICBF.

3.

Las Defensorías de Familia.

4.

Las entidades del orden nacional o departamental, descentralizadas funcionalmente o por servicios con funciones y competencias en los departamentos asociadas a la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar.

5.

Aquellas entidades, instituciones o agencias, públicas o privadas, solidarias o comunitarias, que ejerzan actividades inherentes a dicho sistema en el ámbito de un departamento.

6.

Las organizaciones de la sociedad civil y de la cooperación internacional que desarrollen líneas de acción en infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar.

En el ámbito municipal y distrital, por:

1.

Los municipios o distritos.

2.

Los Centros Zonales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar presentes en su jurisdicción.

3.

Las Defensorías de Familia.

4.

Las Comisarías de Familia.

5.

Las Inspecciones de Policía, en municipios donde no haya Defensoría de Familia o Comisaría de Familia.

6.

Las entidades descentralizadas funcionalmente o por servicios con funciones y competencias en los municipios asociadas a la prestación del Servicio Público de Bienestar Familiar.

7.

Aquellas entidades, instituciones o agencias, públicas o privadas, solidarias o comunitarias, que ejerzan actividades inherentes a dicho sistema en el ámbito de un distrito o municipio.

8.

Las organizaciones de la sociedad civil y de la cooperación internacional que desarrollen líneas de acción en infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar.

Parágrafo 1

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - DAPRE participará en el mencionado Sistema a través de los Ministros Consejeros y los Consejeros Presidenciales cuyas competencias se relacionen con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

Parágrafo 2

La Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar como encargados de las funciones de Inspección, Vigilancia y Control consagradas por la Constitución y la ley.

(Decreto 936 de 2013, artículo 7°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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