Micelio

Artículo 10

Entiéndese Por Plasmaféresis El Procedimiento Mediante El Cual, Previo El Lleno De Los Requisitos Establecidos En El Presente Decreto, Se Extrae De Un Donante Sangre Total, Con El Objeto De Hacer La Separación Física Del Plasma Y Reinfundir El Concentrado De Células Sanguíneas, Al Respectivo Donante

Decreto 616 de 1981 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 9° de 1979, en cuanto a funcionamiento de establecimientos dedicados a la extracción, transfusión y conservación de sangre total o de sus fraccionados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entiéndese por plasmaféresis el procedimiento mediante el cual, previo el lleno de los requisitos establecidos en el presente Decreto, se extrae de un donante sangre total, con el objeto de hacer la separación física del plasma y reinfundir el concentrado de células sanguíneas, al respectivo donante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 616 de 1981