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Artículo 13

Dentro Del Presupuesto De La Empresa “senarc” En Liquidación, Se Deberá Crear Una Cuenta Denominada Cuenta Especial De Liquidación, Cuyos Recursos Provendrán De La Venta De Bienes De La Empresa

Decreto 1294 de 1993 · por medio del cual se reglamenta el Decreto número 2163 de 1992 y se adoptan normas para liquidar el Servicio Naviero Armada República de Colombia “Senarc” en Liquidación.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del Presupuesto de la Empresa “Senarc” en liquidación, se deberá crear una cuenta denominada cuenta especial de liquidación, cuyos recursos provendrán de la venta de bienes de la Empresa. Los recursos de esta cuenta se destinarán al pago de prestaciones sociales, indemnizaciones, sentencias condenatorias de tipo laboral, pensiones y otros pasivos. Esta cuenta existirá hasta la fecha de terminación de la liquidación de la Empresa y el saldo disponible pasará a la Nación - Ministerio de Defensa Nacional. CAPITULO IV Del régimen de contratación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1294 de 1993