Micelio

Artículo 30

Decreto 14 de 1955 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prevención social

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo treinta. - A las personas de los numerales 25) y 26). Podrá aplicárseles relegación a colonia agrícola de 2 a 8 años, o la sanción ordinaria por la infracción cometida. Es entendido que si la prueba existente, suficiente para dictar el auto de detención preventiva o en virtud de la cual se dictó la providencia, fuere desvirtuada, no habrá lugar a la aplicación de estas medidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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