Micelio

Artículo 2

El Consejo Municipal De Tumaco Adoptará, Por Medio De Acuerdos, Las Reglas Y Providencias Concernientes A La Conservación De Los Bosques Y Arbolados, Las Que Hará Cumplir Por Conducto De Los Inspectores, Celadores Y Autoridades De Policía

Decreto 517 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 37 de 1924

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Municipal de Tumaco adoptará, por medio de acuerdos, las reglas y providencias concernientes a la conservación de los bosques y arbolados, las que hará cumplir por conducto de los inspectores, celadores y autoridades de Policía.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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