Micelio

Artículo 2

El Consejo Municipal De Tumaco Adoptará, Por Medio De Acuerdos, Las Reglas Y Providencias Concernientes A La Conservación De Los Bosques Y Arbolados, Las Que Hará Cumplir Por Conducto De Los Inspectores, Celadores Y Autoridades De Policía

Decreto 517 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 37 de 1924

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Municipal de Tumaco adoptará, por medio de acuerdos, las reglas y providencias concernientes a la conservación de los bosques y arbolados, las que hará cumplir por conducto de los inspectores, celadores y autoridades de Policía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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