º . Definiciones. Para efectos de este Decreto se establecen las siguientes definiciones: Salvaguardia. Es aquella medida de carácter excepcional y transitoria que se aplica a la importación de un producto, cuando se produzca un aumento sustancial en la importación de un producto idéntico, similar o directamente competidor, en cantidades tales que cause un perjuicio grave a la rama de producción nacional de un producto idéntico, similar o directamente competidor. Salvaguardia provisional. Es aquella medida de salvaguardia que se adopta en forma temporal y en presencia de circunstancias críticas a la rama de la producción nacional, a efecto de impedir que se cause un perjuicio irreparable a la misma. Perjuicio grave. Es el deterioro importante y significativo de la situación de una rama de la producción nacional. Rama de la producción nacional. Se entenderá por rama de la producción nacional el conjunto significativo de los productores de los productos idénticos, similares o directamente competidores o aquellos cuya producción conjunta de productos idénticos, similares o directamente competidores constituye una proporción importante de la producción nacional total de esos productos. Medidas de ajuste. Es el programa o conjunto de acciones que adoptan los productores nacionales como complemento a las medidas de salvaguardia, con el fin de mejorar sus condiciones de competitividad y de ajustar ordenadamente sus actividades productivas a la competencia externa. CAPITULO II. Procedimiento para la aplicación de medidas de salvaguardia Sección I De las salvaguardias
Decreto 809 de 1994 →Vigente
Artículo 2
Decreto 809 de 1994 · Por el cual se distan disposiciones relacionadas con la Aplicación de medidas de salvaguardia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.