Créase el Programa de Alimentación Universitaria (PAU) como una estrategia focalizada para facilitar el acceso a una alimentación adecuada, promover hábitos alimenticios saludables, contribuir a la garantía del derecho humano a la alimentación, así como al rendimiento académico y a la permanencia de los estudiantes de pregrado de las Universidades Públicas del país priorizando a los que se encuentren en condición socioeconómica vulnerable de conformidad con los criterios de selección y priorización previstos en la presente ley.
Ley 2618 de 2026 →Vigente
Artículo 3
Programa De Alimentación Universitaria
Ley 2618 de 2026 · Por medio de la cual se crea el programa de alimentación universitaria (PAU) para las universidades públicas de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.