Son funciones de la división de Población y Nutrición: a). Promover y realizar, en coordinación con las entidades pertinentes, los estudios que sirvan de base para la formulación de las políticas, planes y programas de población y nutrición. b). Promover, participar en la elaboración, coordinar y evaluar las políticas generales y específicas de población, en relación con su ritmo de crecimiento, su distribución geográfica y el desarrollo cualitativo del hombre y su medio ambiente; c). Promover, participar en la elaboración, coordinar y evaluar las políticas generales y específicas de alimentación y nutrición que permitan integrar los aspectos de producción, distribución y consumo de alimentos, desarrollo tecnológico, educativo y de salud; d). promover y coordinar estudios, programas y actividades del sector público y privado, orientados hacia la aplicación de las políticas específicas en el campo de la población o de nutrición y evaluar su ejecución; e). Participar conjuntamente con los organismos respectivos, en la elaboración de las políticas de financiamiento de las actividades y programas de población y nutrición. D. Unidad de Estudios Industriales
Decreto 627 de 1974 →Vigente
Artículo 37
Son Funciones De La División De Población Y Nutrición: A)
Decreto 627 de 1974 · por el cual se reestructura el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el Departamento Nacional de Planeación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.