Los requisitos para la obtención de la licencia de funcionamiento, son los siguientes
Para sociedades de vigilancia privada
Solicitud dirigida al Ministro de Defensa Nacional, indicando sede principal, modalidad del servicio, nombre e identidad de los socios, representante legal, capital;
Copia autenticada de las escrituras de constitución o reforma de la empresa;
Certificado vigente de existencia y representación legal de la compañía y registro mercantil, expedidos por la Cámara de Comercio;
Pólizas de seguros de que trata el presente Decreto;
Copia autenticada de la resolución de aprobación del reglamento interno de trabajo, expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;
Resolución sobre autorización de horas extras expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;
Planes de evacuación y seguridad de las instalaciones de la empresa;
Modelo del contrato individual de trabajo, acorde con las normas laborales;
Modelo de contrato del servicio de vigilancia, según la modalidad, estipulando condiciones del servicio y las tarifas establecidas;
Relación de socios, personal directivo y administrativo, con datos biográficos, fotografía tamaño cédula y fotocopia del certificado judicial de carácter nacional;
Copia autenticada del certificado de registro del inmueble destinado al funcionamiento, o contrato de arrendamiento, y
Licencia de la empresa, expedida por la respectiva alcaldía, licencia de sanidad, otorgada por la Secretaría de Salud Pública, paz y salvo de industria y comercio.
Para cooperativas de vigilancia privada
Los requisitos establecidos en el numeral 1° del presente artículo, con excepción de los literales b) y c);
Fotocopia del acuerdo expedido por la autoridad respectiva, en caso de no allegar el paz y salvo de industria y comercio;
Estatutos de constitución y reformas, autenticados por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas;
Acta de constitución autenticada por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas;
Copia de la resolución de reconocimiento de la personería jurídica, debidamente autenticada por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. En caso de reformas a los estatutos, adjuntar la respectiva resolución de aprobación;
Certificación de la existencia y representación legal de la cooperativa, debidamente autenticada por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.