Micelio

Artículo 9

Ley 11 de 1982 · por la cual se autoriza las empresas descentralizadas del sector eléctrico, la creación de una empresa para la financiación del desarrollo del sector.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La junta directiva de la Financiera Eléctrica Nacional estará integrada por los siguientes miembros:

a)

El Ministro de Minas y Energía o su delegado, quien la presidirá.

b)

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

c)

El Gerente del Banco de la República o su delegado.

d)

Tres representantes de los accionistas distintos del Gobierno Nacional, con sus respectivos suplentes.

Parágrafo

Los representantes de los accionistas distintos del Gobierno Nacional, serán designados de acuerdo con un procedimiento señalado en los estatutos de la nueva sociedad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1982